El 09 de abril del 2020, la Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago resolvió absolver a ocho condenados por violaciones de Derechos Humanos, además de rebajar la pena en tres años y un día a otros nueve, a quienes quedaron con el beneficio de libertad vigilada.
En específico, a los ex agentes de la DINA, Pedro Espinoza Bravo (parte importante de la Caravana de la Muerte y ex segundo hombre de la DINA), Rolf Wenderoth Pozo, Pedro Bitterlich Jaramillo, Claudio Enrique Pacheco Fernández, Orlando Jesús Torrejón Gatica, Orlando Altamirano Sanhueza, Carlos Eusebio López Inostroza y Hermon Helec Alfaro Mundaca, revocaron una de sus condenas, mientras que a Gladys Calderón Carreño, Sergio Orlando Escalona Acuña, Juvenal Piña Garrido, Jorge Díaz Radulovich y Gustavo Guerrero Aguilera, Ciro Torré Sáe, Juan Morales Salgado, Ricardo Lawrence Mires y a Jorge Andrade Gómez, se les redujo la condena.
Para entender bien qué significa este fallo, conversamos con Francisco Bustos. Francisco es Abogado. Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales U. de Chile. Profesor Dpto. de Derecho Penal UNAB. Colaborador de Observatorio de Justicia Transicional (UDP). Se desempeña en el Estudio Jurídico Caucoto Abogados.
En el audio que compartirnos, la investigadora de Desclasificación Popular, Javiera Campos, pregunta qué significa este fallo y si van a liberar de forma inmediata a los violadores de DD.HH.
AUDIO| Francisco Bustos explica a Desclasificación Popular el fallo revoca sentencias y rebaja penas a 17 condenados por violaciones de DD.HH. – 13 de abril del 2020
Artículo escrito por Javiera Campos
Investigadora de Desclasificación Popular
Texto colaborativo con la Brigada Alienígena (@brigadaalienigena)
Hoy es 11 de marzo del 2020. Hace 30 años, comenzó el primer gobierno democrático después de la Dictadura Cívico-Militar de Augusto Pinochet. En estos 30 años de democracia, se han acumulado muchas frustraciones políticas y sociales. El estallido social iniciado en octubre del 2019 lo dijo fuerte y claro: “no son $30, son 30 años”. Es más, cabe recordar qué sucedió casi un mes antes del 11 de marzo de 1990: la Dictadura Cívico-Militar hizo una ley especial para que las Fuerzas Armadas y de Orden no mandaran nunca más sus archivos al Archivo Nacional. Se estableció que estos organismos tengan su propia forma de archivar y, lo más grave, fuesen ellos mismos que decidieran qué archivos destruir. Cosa inédita en el mundo. Esta es la ley 18.771. Ley que reformó el Decreto con Fuerza de Ley n° 5.200 de 1929, Sobre Instituciones Nacionales Patrimoniales Dependientes del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural.
Esta es una de las tantas leyes dictatoriales que no fueron reformadas por ningún gobierno desde 1990 hasta la fecha. Cabe indicar que sí se presentó un proyecto de ley para cambiar esta situación. Ingresó el año 2015 y es una moción. Fue vista por la Cámara de Diputados durante el año 2015, pasó al 2do trámite constitución al Senado y de ahí la moción ha estado dormida. Pero hoy, por primera vez, el Senado comenzó su debate. Justo hoy. La comisión de Educación y Cultura del Senado acordó que verá con los comités parlamentarios del Senado en qué comisiones deben ver este proyecto de ley. En esta sesión, de forma extraordinaria, ingresó el Senador Kenneth Pugh (ex Vicealmirante en retiro de la Armada de Chile) y pidió que esta iniciativa fuese vista por la Comisión Especial Unida de Seguridad Pública y Defensa Nacional. Por suerte, el resto de los Senadores, creen que no solo debe ser tramitada la moción en esta comisión, ya que hay temas de Derechos Humanos y transparencia.
Desde hoy en adelante debemos ver qué decisión tomarán los comités parlamentarios: si continuarán con la tramitación de esta deuda histórica o harán dormir otra vez esta moción. Se puede pensar que este tema es del pasado, y que podría haber otras urgencias. De hecho, muchas organizaciones de Derechos Humanos han pedido el cese de la quema de archivos de las Fuerzas Armadas y de Orden, sólo por mencionar algunas está Londres 38, y todas las organizaciones de ex presos políticos y familiares de detenidos y ejecutados políticos y las organizaciones en torno al archivo; que son bastantes. Se hace necesario recordar que la quema de archivos de la DINA y CNI se realizó el año 2003, en plena democracia.
Desde Desclasificación Popular, queremos unirnos a ese llamado. Pero tomando en cuenta lo sucedido en Chile desde octubre del 2019: es urgente impedir que las Fuerzas Armadas y de Orden quemen los archivos de lo sucedido desde octubre del 2019 en adelante. Si algunos de los archivos, videos y audios que registró lo sucedido en Chile se quema o se destruye, se hará un daño irreparable a la verdad, la justicia y la memoria. No basta con el oficio que el Consejo para la Transparencia envió a Carabineros de Chile para la preservación de las tarjetas de memoria de las grabaciones de las Go Pro de Fuerzas Especiales. Es necesario eliminar esta fuente de impunidad, que afecta no solo los Derechos Humanos. El acceso a archivos de las FF.AA. y de Orden son necesarios para diversas dimensiones sociales, incluso para detener futuras fuentes de corrupción en estas instituciones.
Necesitamos el debate democrático de qué archivos preservar y cuáles archivos de las Fuerzas Armadas y de Orden tener a disposición de la sociedad, y establecer que todos los archivos sobre las violaciones de Derechos Humanos cometidos desde octubre del 2019 estén públicos. Estaremos vigilantes, y exigiendo el debate abierto. No se puede permitir que se ponga secreto o que se destruyan los archivos de las actuales violaciones a los Derechos Humanos, tal como se hizo con lo sucedido en la Dictadura Cívico-Militar de Augusto Pinochet.
Fotografía de Londres 38, espacios de memorias.